Un seguro de responsabilidad civil para el cabeza de familia
¿ A quién cubre el seguro de responsabilidad civil particular?:
El seguro de responsabilidad civil particular cubre:
- A la persona indicada en el contrato, su conyuge y sus hijos menores de edad
- Los hijos mayores de edad solteros que se encuentren fiscalmente a su cargo
- Cualquier persona que esté domiciliada en su hogar y que resida habitualmente
- Las personas que ocasional y gratuitamente vigilen y cuiden de sus hijos menores o animales domésticos
¿Qué garantías cubre este seguro de responsabilidad civil?:
El seguro de responsabilidad civil de cabeza de familia cubre los daños personales, materiales y perjucios causados involuntariamente a terceros en el transcurso de la vida familiar y privada:
- Con motivo de los actos de la vida cotidiana
- Con motivo de la práctica de deportes como aficionado no federado
- Por el uso de bicicletas y otros vehículos sin motor
- Por los animales domésticos que le pertenezcan o cuya custodia le haya sido encomendada a título gratuito
- Por hechos del personal domestico a su servicio
- Por hechos de los niños menores confiados ocasionalmente al asegurado, sin mediar ninguna remuneración
- Por el uso de aparatos y enseres domésticos en general
- Por la utilización de la vivienda habitual
- Por la utilización de viviendas de temporada
- La posesión y/o tenencia lícita de armas de fuego de carácter particular, pero no las consecuencias derivadas del uso voluntario de las mismas (salvo la tenencia de armas de carácter oficial o profesional)
Se incluye además la responsabilidad civil derivada por:
- La participación del asegurado, como aficionado, en competiciones no profesionales autorizadas de tiro deportivo o en los entrenamientos de las mismas
- Los daños y/o perjuicios a consecuencia del montaje, desmontaje y limpieza del arma
- La utilización de embarcaciones de recreo, a remo o pedal, de eslora inferior a 3,5 metros o potencia inferior a 5 c.v., tablas de surfing y wind-surfing.
- Intoxicaciones o envenenamientos causados por bebidas o alimentos preparados o servidos por el Asegurado y consumidos en su domicilio
- Daños causados por incendio y/o explosión.
- Daños ocasionados accidentalmente a terceros por el agua
Para más información
Leer las Condiciones Generales del Contrato
Coste anual del seguro:
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A |
B |
C |
| Limite de cobertura |
150.000 € |
300.000 € |
600.000 € |
| Sublímite por víctima |
150.000 € |
150.000 € |
150.000 € |
| Franquicia |
90 € |
90 € |
90 € |
| Defensa penal |
Incluída |
Incluída |
Incluída |
| Coste anual del seguro |
52.54 € |
60.44 € |
68.31 € |